LO LEGAL ES | ¿Te tocó trabajar hoy?, según la ley te deben de pagar el triple
A lo largo del año hay ocho días festivos en los que por ley no se debe laborar: 1 enero, el 5 de febrero, el 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, el 20 de noviembre; El 1 de diciembre de cada seis años, cuando haya cambio de Gobierno y el 25 de […]

A lo largo del año hay ocho días festivos en los que por ley no se debe laborar: 1 enero, el 5 de febrero, el 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, el 20 de noviembre; El 1 de diciembre de cada seis años, cuando haya cambio de Gobierno y el 25 de diciembre.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo el Día del Trabajo (1 de mayo), es uno de los ocho días festivos del año por lo que debe de ser descanso obligatorio. Sin embargo, ¿sabes cuánto debe pagarte tu patrón si trabajas este día?
De acuerdo con el Artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo: “Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
En resumen, estos días se deben pagar doble pero también deberá sumarle el salario del día regular, esto sería como recibir tres sueldos diarios.
PARA SABER:
A nivel internacional, el 1 de mayo de cada año se conmemora el Día Internacional del Trabajador en homenaje a los “Mártires de Chicago”, un grupo de sindicalistas anarquistas que fueron ejecutados en 1886 en Estados Unidos por realizar un reclamo laboral.Los trabajadores demandaban la reducción de la jornada laboral a 8 horas, ya que solían trabajar hasta 16 horas diarias. Ante la presión de los paros el presidente de Estados Unidos, Andrew Johnson, promulgó una ley que establecía las 8 horas de trabajo diario.
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