En estricto apego a la legalidad, el cambio del dirigente de la sección 27 del SNTE, Edén Inzunza Bernal, debe ser mediante una elección por delegados y en el mes de diciembre de este año, mientras que el cambio del secretario general de la sección 53, Fernando Sandoval Angulo, deberá ser por la vía del voto universal en marzo del 2020.

El primero de mayo del 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo, que establece, entre otras cosas, la democratización de la vida sindical. Éste precisa, en su artículo vigésimo tercero transitorio, que la elección de las directivas sindicales mediante el voto personal, libre, directo y secreto (establecido en el artículo 371 de la misma reforma), iniciará su vigencia en un plazo de 240 días a partir del día siguiente al de su publicación. Es decir, si entró en vigor el dos de mayo, el plazo se cumplirá el 31 de diciembre de 2019, por lo que a partir del primero de enero del 2020, todas las elecciones de dirigentes sindicales del SNTE serán por este método conocido como “voto universal”, es decir, ya no será por delegados.

Sin embargo, el dirigente de la sección 27 del SNTE, Edén Inzunza Bernal, fue electo el 18 de diciembre del 2015, para un periodo de cuatro años, como se establece en la toma de nota, por lo que, en estricto apego a la legalidad, debe ser relevado del cargo (por el próximo secretario general) el 18 de diciembre del 2019, lo que implica que el proceso para elegir al nuevo dirigente de la sección 27 del SNTE debe ser, con base en el estatuto vigente, en diciembre de este año y en una elección por delegados.

El artículo vigésimo tercero transitorio de la reforma laboral establece también que, las organizaciones sindicales deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones previstas en el artículo 371 y demás aplicables de la Ley Federal del Trabajo, dentro de ese mismo plazo de 240 días. Es decir, mientras no se cumpla el plazo de los 240 días para modificar sus estatutos, el SNTE podrá seguir aplicando sus estatutos vigentes.

No sucede lo mismo en el caso de la sección 53 del SNTE, ya que Fernando Sandoval fue electo el 19 de marzo del 2016 para un periodo de cuatro años, que se vence el 16 de marzo del 2020. Como se puede apreciar, esta fecha es posterior a los 240 días de plazo que establece la reforma para la adecuación de estatutos de los sindicatos y por tanto, esta elección deberá ser, de manera obligatoria, por la vía del voto personal, libre, directo y secreto (voto universal).

No obstante, por sus dimensiones y sus implicaciones, las decisiones en torno a los cambios en el SNTE van más allá del propio sindicato, incluso del marco de la legalidad. Alfonso Cepeda Salas, su dirigente nacional, dijo en privado el 14 de mayo del 2019 que a partir de ese momento se suspenderían todas las elecciones de comité seccionales y se trasladarían al 2020, para nombrar a sus nuevos dirigentes mediante el procedimiento de “voto universal”.

En los primeros tres meses del 2020 se realizarían elecciones en 26 de los 60 comités seccionales que tiene el SNTE a nivel nacional, sin embargo, contra todos los pronósticos, las mayores resistencias a la aplicación del voto universal no se están expresando en el CEN ni en las secciones identificadas con la vertiente institucional, sino en secciones controladas por la CNTE, como la 22 de Oaxaca, la 18 de Michoacán, la 9 de la Ciudad de México y la 7 de Chiapas.

El argumento es que sus dirigentes ya fueron electos democráticamente y por tanto no se tienen que someter el voto universal. Someterse al voto directo de los maestros podría significar un riesgo para el control de sus secciones. Pero para elegir a los dirigentes de los comités seccionales que ya cumplieron su periodo, sin someterse al voto directo, tendrían que convocar a elecciones para realizar los cambios en lo que resta del 2019.

Si la CNTE vence el compromiso de Cepeda de trasladar todas las elecciones de comités seccionales para el 2020 y logran sacar elecciones en el 2019 con base en la normatividad vigente, abrirían la puerta para que lo pudieran hacer, también, los comités seccionales a los que ya se les venció su periodo y a los que se les vence en los meses que restan del año, como es el caso de la sección 27.

Los signos

En suma, tanto a la CNTE como a la parte institucional del SNTE que encabeza Alfonso Cepeda les conviene más una elección de voto por delegados que por voto universal, pues en ésta última tienen un mayor riesgo de perder el control del sindicato, por lo que bien podrían atrincherarse y, en el marco de la legalidad, empezar a sacar elecciones seccionales de aquí a diciembre por la vía de voto por delegados, al fin que el plazo para seguir aplicando este método se vence el 31 de diciembre.

De esta manera se podría entender mejor la llegada de Noe Rodríguez García a la sección 27 como representante del Comité Ejecutivo Nacional. No es conocido como un operador de línea dura, audaz y experimentado. Si es así, no sólo traería la encomienda de tantear el terreno para informarle de la situación a Cepeda, sino de someter a la oposición (Carlos Rea, Jesús Manuel Carrillo y Maestros por México) y disciplinar a los institucionales en torno a un solo candidato.

Por otra parte, y siguiendo el marco de la legalidad, no habría elección de dirigente nacional del SNTE hasta el 2024. Sin embargo, dadas las implicaciones del caso, la situación podría trascender del marco de la legalidad al marco de la política. Cepeda seguirá en la dirigencia del SNTE hasta el 2024 a menos que haya “otras señales” que le obligaran a pedir licencia y se convocara a renovación, también, de la dirigencia nacional.