Derechos Humanos

La CIDH ordena eliminar el arraigo y la prisión preventiva de la Constitución en México

El mandato de eliminar el arraigo en México se dio al analizar el caso y dictar sentencia Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ordenó a México eliminar el arraigo y la prisión preventiva como un acto de naturaleza preprocesal desde la Constitución.

El mandato se dio al analizar el caso y dictar sentencia Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México.

El caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México:

Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López fueron detenidos el 12 de enero de 2006 en la carretera México-Veracruz cuando su automóvil se descompuso y luego de que una patrulla de la policía que se había acercado realizara una requisa del vehículo, habiendo encontrado elementos que consideraron incriminantes y eventualmente relacionados con la delincuencia organizada. Durante dos días fueron interrogados y mantenidos incomunicados.

Con posterioridad fue decretada una medida de arraigo que implicó su confinamiento por más de tres meses hasta que fue decretada la apertura del proceso penal por el juez de la causa y las víctimas fueron mantenidas en prisión preventiva por un período de 2 años y medio aproximadamente.

El 16 de octubre de 2008 fue pronunciada la Sentencia en firme que absolvió a las víctimas del delito de violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada en la modalidad de terrorismo, y el mismo día, fueron liberadas.

El caso se desestimó en México y llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, a la cual el gobierno Mexican debe responder por los convenios firmados por el Estado en la Organización de Estados Americanos.

El caso sirvió para analizar la figura del arraigo, que ha sido polémica en los últimos dos años por el empuje a tenerla de nuevo en cuenta para casos específicos, lo que ha generado críticas por parte de políticos y activistas especializados en Derechos Humanos.

Ahora la corte Interamericana se pronunció y en su ordenamiento indicó eliminar la figura de la Constitución

“La Corte ordenó diversas medidas de reparación: a) dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza preprocesal”, señaló la Corte Interamericana en su sentencia.

Las consideraciones son el que es una figura que vulnera no uno sino distintos derechos de las personas acusadas de algún delito:

Copia de pantalla al resumen de la sentencia de la Corte Interamericana

Ahora, se tiene el plazo de un año para que el gobierno mexicano en conjunto con el Congreso de la Unión eliminen por completo esa disposición.

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